Autorización de servicio

Instructivos para la realización de servicios, intervenciones u obras en el derecho de paso de la carretera
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Definición

Entre los valores y obligaciones contractuales otorgadas a la Concesionaria, se encuentra garantizar y preservar la seguridad de los usuarios que transitan por la autopista, así como la de los empleados que se encuentren realizando servicios, intervenciones u obras dentro del derecho de paso estatal.

 

Toda el área del Gobierno del Estado es monitoreada e inspeccionada por la Concesionaria, de acuerdo con el contrato de concesión, y si se identifica alguna actividad irregular no programada y/o autorizada por la Concesionaria y/o el Ente Regulador, las actividades serán embargadas.

 

En este sentido, todos y cada uno de los servicios, intervenciones u obras de dominio estatal deben estar precedidos de la solicitud, análisis, capacitación y aprobación del Concesionario y del Organismo Regulador, antes de su ejecución, debiendo seguirse los siguientes lineamientos:

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Solicitud

Envíe una solicitud de instrucciones para emitir una Autorización de servicio de terceros en la carretera estatal, detallando el tipo de servicio que desea realizar, utilizando el formulario de contacto a continuación.

Análisis

El Concesionario adelantará los trámites necesarios para obtener la Autorización de Servicios de Terceros

Aprobación

Una vez finalizados todos los trámites y validada toda la documentación por parte del Concesionario, se emitirá el AOS - Autorización de Obras y Servicios

Comentarios

Consulta las observaciones generales para la autorización de servicios en carreteras:

Integración válida

Todas las personas en campo deben tener una integración válida con nuestro equipo de Seguridad en el Trabajo, incluidos los ingenieros, los responsables del servicio y los posibles visitantes que puedan acudir al sitio de servicio/intervención/trabajo.

Tráfico por carretera

Cualquier servicio o intervención durante la obra que interfiera con el tránsito carretero deberá ser agendado con antelación con el Concesionario.

Autorización de servicio

Durante todo el período de ejecución del servicio/intervención/obra, se deberá conservar en campo copia del AOS - AUTORIZACIÓN DE SERVICIO, para evitar posibles embargos del servicio.

Contacto previo

Tras la autorización del Concesionario y antes de realizar el servicio, la empresa CONTRATADA deberá comunicarse con nuestro equipo de CCO (Centro de Control Operativo), por vía telefónica: 0800 055 5550, informándoles que en el tramo se iniciará la actividad.

Habla con nosotros

Envía un correo electrónico a nuestro equipo.

Otras solicitudes

Consulta los lineamientos y regulaciones para otro tipo de intervenciones en el derecho de paso